Resolución Nro. 42, mediante la cual se dicta la Normativa sobre la Administración y Fiscalización de los Riesgos relacionados con los Delitos de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo, Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LC/FT/FPADM) y otros Ilícitos Aplicables a los Prestadores de Servicios Turísticos
• Objeto de la normativa
Establecer las normas, políticas y procedimientos que deben aplicar los prestadores de servicios turísticos para la administración y fiscalización de los riesgos asociados a la Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo, Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LC/FT/FPADM) y otros ilícitos.
• Ámbito de aplicación
Aplica a las personas jurídicas de carácter público y privado, así como las personas naturales que presten servicios turísticos.
• Objeto de la Providencia
• Algunas de sus principales novedades
• Consideraciones de interés
✓ Los prestadores de servicios turísticos deberán implementar un Sistema Integral de Administración de Riesgos, de acuerdo con su actividad, características y nivel de exposición al riesgo.
✓ Los sujetos obligados deberán contar con un Manual de Políticas, Normas y Procedimientos para la Administración y Fiscalización de los Riesgos de LC/FT/FPDADM y otros ilícitos, adaptado a su actividad y nivel de riesgo, como parte de su sistema de prevención y control.
✓ Se establecen obligaciones relativas a la identificación y conocimiento de clientes, empleados y proveedores, así como medidas de debida diligencia.
✓ Se contempla la designación de responsables encargados de la prevención y control, incluyendo un Oficial de Cumplimiento en los casos previstos.
✓ Se prevé la adopción de políticas, procedimientos, controles internos, Código de Ética y programas de capacitación en materia de prevención.
✓ Se establecen obligaciones de reporte de actividades sospechosas y de determinadas operaciones, así como la presentación de informes periódicos ante las autoridades competentes.
• Entrada en vigencia
La Resolución Nro. 042 fue dictada por el Ministerio del Poder Popular para el Turismo y publicada en la Gaceta Oficial Nro. 43.476 de fecha 8 de octubre de 2026. Entra en vigencia a los 60 días continuos de su publicación.
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