Decreto Nro. 5.442, mediante el cual se exoneran del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), los enriquecimientos netos gravables de fuente territorial, obtenidos por las Asociaciones Cooperativas, constituidas conforme a las disposiciones establecidas en el Decreto con Fuerza de Ley Especial de Asociaciones Cooperativas
• Objeto de la normativa
Exonerar del pago del ISLR los enriquecimientos netos gravables de fuente territorial obtenidos por las Asociaciones Cooperativas.
• Ámbito de aplicación
Aplica a las Asociaciones Cooperativas legalmente constituidas y comprende sus enriquecimientos netos gravables de fuente territorial.
• Objeto de la Providencia
• Algunas de sus principales novedades
• Consideraciones de interés
✓ Para disfrutar del beneficio, las cooperativas deben mantener actualizado su RIF, para lo cual deben presentar un Certificado de Cumplimiento vigente emitido por SUNACOOP.
✓ Las cooperativas beneficiarias deben continuar presentando su declaración anual de enriquecimientos netos globales, en la que deberán incluir tanto los enriquecimientos gravados como los exonerados.
✓ El beneficio puede perderse por incumplimiento, tanto de los requisitos y obligaciones establecidos en el propio Decreto como de las obligaciones previstas en la legislación del ISLR, su Reglamento y demás normas aplicables.
✓ La exoneración tiene una duración de un año, prorrogable por un período igual. La exoneración se aplica al ejercicio fiscal que se encuentre en curso para la fecha de entrada en vigencia del Decreto.
• Entrada en vigencia
El Decreto Nro. 5.442 fue dictado por la Presidencia de la República y publicado en la Gaceta Oficial Nro. 43.475 de fecha 7 de octubre de 2026. Entró en vigencia en esa misma fecha.
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