Ley Orgánica de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia
• Objeto de la normativa
Establecer el régimen, organización y funcionamiento del Tribunal Supremo de Justicia.
• Ámbito de aplicación
Se aplica al Tribunal Supremo de Justicia como máximo órgano rector del Poder Judicial.
• Objeto de la Providencia
• Algunas de sus principales novedades
• Consideraciones de interés
✓ La Sala Constitucional estará integrada por 7 Magistrados y las demás Salas por 5 Magistrados.
✓ En caso de falta absoluta de algún miembro de la dirección de los órganos auxiliares (Inspectoría General de Tribunales, Inspectoría General de la Defensa Pública y Escuela Nacional de la Magistratura), la Asamblea Nacional procederá a su designación, por un nuevo periodo de 7 años, de acuerdo con el procedimiento previsto en la ley.
✓ El nombramiento de suplentes para la dirección de los órganos auxiliares se realiza mediante el procedimiento establecido para la designación de los suplentes de los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, por un periodo de 7 años.
✓ La Asamblea Nacional procederá a la designación de los Magistrados principales y suplentes que constituyan la nueva configuración institucional del Tribunal Supremo de Justicia, así como al nombramiento de los titulares y suplentes de los órganos auxiliares.
• Entrada en vigencia
La ley fue publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria Nro. 7.025 Extraordinario del 22 de mayo de 2026. Entró en vigencia en esa misma fecha.
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