Resolución mediante la cual se dictan las Normas para Evitar la Captura Incidental y Mortalidad de las Especies de Mamíferos Acuáticos, Tortugas Marinas y Aves Marinas en el Ejercicio de Pesca y Acuicultura en el Territorio de la República Bolivariana de Venezuela
• Objeto de la normativa
Evitar la captura incidental y la mortalidad de las especies de mamíferos acuáticos, tortugas marinas y aves marinas en las actividades de pesca y acuicultura, en el territorio de la República.
• Ámbito de aplicación
Se aplica a todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que realicen actividades de pesca artesanal, industrial, deportiva y de acuicultura en aguas del territorio de la República.
• Objeto de la Providencia
• Algunas de sus principales novedades
• Consideraciones de interés
✓ Se prohíben acciones u omisiones, al ejercer actividades de pesca y acuicultura, que ocasionen:
• La retención a bordo de ejemplares de las especies protegidas.
• El transporte, venta o consumo de las referidas especies.
• La utilización como carnadas de las especies protegidas
• La perturbación, interferencia, lesiones, daño y muerte de las señaladas especies.
✓ En caso de que exista captura incidental de ejemplares de las especies protegidas por la Resolución, por parte de la flota pesquera bajo bandera venezolana, estos deberán ser devueltos a su hábitat natural sin causar ningún tipo de perturbación ni daño a los mismos y se deberá notificar dicha captura incidental al Ministerio del Poder Popular de Pesca y Acuicultura.
✓ El capitán o autoridad del buque pesquero deberá notificar al puerto más cercano cualquier avistamiento en el que se encuentre involucrado un ejemplar de estas especies, debiendo registrarlo en la bitácora o cuaderno de pesca, los cuales deberán ser consignados ante el Instituto Socialista de Pesca y Acuicultura (INSOPESCA).
✓ Las personas que ejerzan actividades de pesca y acuicultura deberán adoptar medidas de mitigación y reducción de capturas incidentales.
• Entrada en vigencia
La Resolución fue dictada por el Ministerio del Poder Popular de Pesca y Acuicultura y publicada en la Gaceta Oficial Nro. 43.344 del 27 de marzo de 2026. Entró en vigencia en esa misma fecha.
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