Ley Aprobatoria del Tratado de Asociación Estratégica y Cooperación entre la República Bolivariana de Venezuela y la Federación de Rusia
• Objeto de la normativa
Fortalecer la asociación estratégica entre Venezuela y Rusia, ampliando la cooperación internacional, comercial, económica, de inversión, científico-técnica, cultural y humanitaria.
• Ámbito de aplicación
El tratado se aplica a las relaciones entre las Partes firmantes: República Bolivariana de Venezuela y Federación de Rusia.
• Objeto de la Providencia
• Algunas de sus principales novedades
• Consideraciones de interés
✓ Las Partes promoverán enfoques comunes en la ONU y otras organizaciones internacionales, rechazando la hegemonía en los asuntos mundiales. Continuarán con la práctica de apoyar mutuamente las candidaturas para los órganos especializados del sistema de la ONU.
✓ Las Partes rechazarán las medidas coercitivas unilaterales (sanciones), incluidas las de carácter extraterritorial. Se comprometen a no apoyar dichas medidas coercitivas utilizadas por otros Estados contra la otra Parte.
✓ Se trabajará para contribuir al crecimiento del comercio mutuo y asegurar condiciones favorables para las actividades empresariales e inversiones. Se implementarán proyectos de inversión conjuntos en áreas como la minería, metalurgia, telecomunicaciones, infraestructura ferroviaria y farmacéutica.
✓ Las Partes coadyuvarán a la formación de una infraestructura financiera independiente ruso-venezolana.
✓ La cooperación incluirá la exploración y desarrollo de nuevos campos de petróleo y gas, así como la implementación de proyectos conjuntos para la expansión de la infraestructura de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica.
✓ Las partes mejorarán los vínculos en materia de defensa y llevarán a cabo la cooperación técnico-militar para reforzar la capacidad de defensa y seguridad de ambos países. Además, desarrollarán la cooperación en la exploración y uso del espacio ultraterrestre con fines pacíficos, incluyendo el proyecto de despliegue de la estación terrestre GLONASS en Venezuela.
• Entrada en vigencia
Esta ley fue publicada en la Gaceta Oficial Nro. 6.930 Extraordinario de fecha 7 de octubre de 2025. El tratado entrará en vigor a partir de la fecha de recepción de la última notificación por escrito, que confirme que ambas partes han completado los procedimientos internos necesarios para su entrada en vigor.
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