Providencia mediante la cual se dicta las Normas sobre Administración, Control y Fiscalización de los Riesgos relacionados con la Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, aplicables a las Asociaciones Civiles del Sector de Cajas de Ahorro, Fondos de Ahorro y Asociaciones de Ahorro Similares

21-10-2025
Boletín Nro. 313

• Objeto de la normativa

Establecer los procedimientos y mecanismos que deben adoptar las Cajas de Ahorro y entidades similares para prevenir y controlar los riesgos de ser utilizadas en delitos de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva (LC/FT/FPADM).

• Ámbito de aplicación

Están sujetos al cumplimiento de esta normativa las Cajas de Ahorro, los Fondos de Ahorro, las Asociaciones de Ahorro Similares, así como las personas que presten servicio a las anteriores; y en general los sujetos que se encuentren bajo la supervisión y control de la Superintendencia de Cajas de Ahorro (SUDECA).

• Objeto de la Providencia

• Algunas de sus principales novedades

• Consideraciones de interés

✓ Se exige a las asociaciones implementar un Sistema Integral de Administración de Riesgos para identificar, evaluar y mitigar los riesgos de LC/FT/FPADM.
✓ Se establece la obligación de designar, entre otros, un Oficial de Cumplimiento, quien será el responsable ante la SUDECA de vigilar la aplicación de estas normas.
✓ Las asociaciones deberán aplicar variadas políticas, entre las cuales se encuentran las de “Debida diligencia”, “Conoce a tus directivos”, “Conoce a tus asociados”, “Conoce a tus empleados”, “Conoce a tus proveedores de servicios”, para verificar identidad y perfil financiero.
✓ El Oficial de Cumplimiento es el responsable del Programa de Cumplimiento, contentivo, entre otros, del Manual de Normas, Políticas y Procedimientos y del Código de Ética.
✓ Los sujetos obligados tendrán un plazo de 180 días para ajustar sus actividades a las presentes normas y 90 días, a partir de la capacitación recibida por la SUDECA, para implementar el programa de cumplimiento.

• Entrada en vigencia

La Providencia fue publicada, por la Superintendencia de Cajas de Ahorro, en la Gaceta Oficial Nro. 43.226 del 2 de octubre de 2025. Entró en vigencia en la misma fecha de su publicación.